La certificación energética, los ingenieros técnicos industriales y la sociedad

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Pocas personas en nuestro país tienen en cuenta el consumo energético que tendrá la vivienda que van a comprar o a alquilar a la hora de decidirse entre varias ofertas similares. Cuando compramos un vehículo, sí que nos fijamos en el tipo y consumo de combustible que utiliza, ya que el gasto energético puede influir de forma determinante en la decisión final. El futuro comprador o inquilino se fija en los metros que tiene la vivienda, si tiene garaje o no, e incluso en el color de los azulejos del baño, pero a nadie se le ocurre solicitar al vendedor o al propietario una estimación de su gasto energético a lo largo del año.

La certificación energética de un edificio es un documento que hay que facilitar al futuro comprador o inquilino, y que le dará información sobre el consumo energético del inmueble en la calefacción, la refrigeración, el agua caliente sanitaria y la iluminación, todo bajo unos estándares y metodología de evaluación ya predefinidos.

Desde el año 2007 está en vigor en nuestro país la certificación energética de los edificios de nueva construcción, y desde el año 2013 esta certificación energética se ha ampliado también a los edificios existentes, por lo que cualquier persona física o jurídica que pretenda la venta o el alquiler de un edificio tiene la obligación de disponer de dicho certificado.

La aplicación en nuestro país de la certificación energética ha sido muy desigual para los edificios de nueva construcción, en lo que la regulación legislativa realizada por la Administración central y autonómica delega en la Administración local el control y exigencia de dichos certificados. Estas Administraciones locales han aplicado la normativa en función de sus posibilidades técnicas, económicas o políticas, de tal forma que mientras que en algunos Ayuntamientos ha sido obligatorio el presentar los certificados energéticos antes de la concesión de las licencias de obras, en otros, mayoritariamente por ignorancia, dejadez de los técnicos responsables de estas áreas o por consignas políticas, no han exigido la certificación energética de los edificios de nueva construcción tanto en la fase de proyecto como en la de edificio ejecutado, concediendo licencias de ejecución de obra y licencias de apertura de los establecimientos sin los correspondientes certificados energéticos.

Añadido a lo anterior, las directrices europeas han sido traspuestas a la legislación española muchos años después de cuando se debería haber hecho, dando lugar a un considerable retraso con respecto a otros países de la Unión Europea.

“Nuestra profesión es relevante, y puede serlo todavía más, en la energética edificatoria, no solo en las instalaciones térmicas, sino también en la parte constructiva”

La dejadez de la propia Administración en hacer cumplir esta y otras normas, a veces hasta muchos años después de ser de obligado cumplimiento, provoca una clara merma en la calidad energética de las instalaciones y construcciones que se han realizado e incluso para otras que se están realizando actualmente y que tendrán una larga vida de utilización.

La falta de información y de formación de los propios técnicos municipales, secretarios, estrategias políticas partidistas, etcétera, de la Administración ha sido, en parte, causa de la dejadez en exigir los certificados energéticos desde su regulación en el año 2007.

Para el ciudadano, el certificado energético se convierte, en los edificios nuevos, en “un documento que no sé dónde está”; y, en los edificios existentes, en otro “papel sacadineros”. La falta de cultura sobre ahorro energético y de información general sobre ahorros energéticos en edificación, así como la coyuntura económica general y particular de las familias, favorecen este tipo de pensamientos. Estas ideas generalizadas hacen que en el mercado se demande un trabajo económico, que ante todo sea barato y asumiendo a menudo que “da igual lo que salga”.

Si a esta situación se añade una gran oferta de técnicos sin cualificar, con sus crisis económicas particulares, y en teoría, formados para certificar, el resultado es que la calidad de las certificaciones energéticas que se están realizando brille por su ausencia y, a veces, con resultados que carecen de sentido.


Los ingenieros técnicos industriales también debemos hacer autocrítica, ya que los propios colegios profesionales tampoco han sabido instar a la Administración competente a aplicar esta normativa, quizá también anquilosados en tiempos pasados de bonanza económica y no se han adaptado a la nueva realidad económica y social.

La entrada en vigor de la certificación energética de los edificios nuevos en el año 2007 reguló claramente qué técnicos debían responsabilizarse en la fase de proyecto y de ejecución material en esta materia, y con la entrada en vigor de la nueva normativa, la Administración no ha sabido o no ha podido dejar claro quiénes son los técnicos que pueden hacer las certificaciones, abriendo la mano a cualquier técnico que “sepa manejar un programa informático”.

Hoy en día, todos sabemos manejar un procesador de textos con nuestro ordenador, tableta o teléfono móvil, sin que seamos escritores o hayamos publicado libros. Por el mismo razonamiento todos manejamos los programas informáticos de certificación energética sin ser técnicos especialistas en energía, provocándose una merma importante en la calidad y en la realidad de las certificaciones que se están realizando.

Burbuja energética

Al igual que ha ocurrido en otros sectores con la creación de burbujas inmobiliarias o financieras, en nuestro sector de la certificación energética, también se ha creado una gran “burbuja energética”, en la que se han creado empresas, asociaciones de técnicos, etcétera, pensando en el negocio económico de la certificación energética y no en la evaluación técnica de los edificios que certificar.

La Administración ha realizado una labor importante facilitando a todos los técnicos procedimientos y herramientas informáticas para la realización de los certificados energéticos de los edificios, tanto para residenciales como terciarios. Los técnicos han transformado estas herramientas de apoyo en una forma de trabajar en la que es posible hacer un certificado incluso sin hacer visita de inspección al edificio, con lo que incluso aquí se puede ver la ideología de “cualquier cosa vale”. Valdría como anécdota que a cualquier persona le daría miedo y vería con poco rigor que un médico le hiciese una analítica y su certificado correspondiente por teléfono. Y es que nuestra sociedad, con los políticos a la cabeza, no reconoce que el Lazarillo de Tormes sigue muy vivo.

Solo unos planes de inspección por parte de las distintas Administraciones de los certificados energéticos registrados que sean con el rigor necesario podrán salvaguardar, en parte, el objetivo de las certificaciones energéticas, que es el conocer la realidad de nuestro parque edificatorio y las medidas correctoras necesarias para cada inmueble para disminuir su consumo energético. Si esto no se consigue, se alimentará el criterio del cliente en este sentido: “Esto es un papel más que tengo aportar y que, además, tiene un coste económico”.

Nuestra profesión es, y puede ser aún más si cabe, relevante en la energética edificatoria, no solo en las instalaciones térmicas, sino también y por qué no, en la parte constructiva, donde la aparición cada vez con más fuerza de materiales aislantes térmicos y acústicos, procesos constructivos industrializados, etcetera, hacen de nuestra profesión un cimiento firme sobre el que construir un futuro cierto y estable en la certificación energética.

Nuestras carreras técnicas no incluyen, con la profundidad necesaria, la energética de la edificación, las instalaciones térmicas, las estrategias de ahorro, la evaluación de consumos, la simulación energética, etcétera, que son básicas para conseguir, junto con el resto de agentes de la edificación, como constructores, consumidores, Administración, etcétera, la disminución paulatina del consumo energético de nuestros edificios.

Lo mismo ocurre con otros agentes intervinientes, tan importantes si cabe o más que los técnicos, como son los instaladores, en quienes la demostración de su formación ante la Administración para el diseño y ejecución de las instalaciones cada vez más brilla por su ausencia, a lo que hay que añadir las cada vez más numerosas instalaciones térmicas que pueden realizar sin la intervención de personal técnico más cualificado.

La falta de una cultura de la eficiencia en nuestra sociedad se refleja, por ejemplo, en la poca utilización del transporte público respecto a otros países europeos. Y es en este aspecto en el que nuestra profesión debe evolucionar y donde cualquier diseño o proyecto técnico debe de estar acompañado de su evaluación energética.

“La certificación energética puede ser una oportunidad de negocio, pero no basada en una burbuja energética, sino en una realidad técnica”

Conforme se ha especificado anteriormente, en las certificaciones energéticas existe una gran cantidad de técnicos habilitados para realizarlas. Pero, ¿todos disponen de cualificación y capacitación energética, aunque sea en edificación? Este debate puede ser muy amplio y gremial, pero la experiencia nos ha demostrado que los conocimientos sobre energía edificatoria son multidisciplinares y no dependen tanto de qué título tengo, sino de qué formación he recibido en mi vida laboral y qué estoy dispuesto a aprender (formación continua).

La certificación energética no debe ser la finalidad, sino el resultado de un trabajo previo bien planteado y concebido de la simulación energética de la edificación. Este trabajo, según el tipo de edificio que certificar (nuevo o existente), está estructurado de forma muy clara en dos fases:

Toma y análisis de datos:

– Edificio nuevo: procedente del proyecto de ejecución material del edificio y de sus instalaciones térmicas.

– Edificio terminado: procedente de la dirección de obra del edificio e instalaciones realizadas (certificado de calidad de materiales, mediciones in situ, etcétera).

– Edificio existente: procedente de la toma de datos del edificio existente (medición de recintos, paramentos, puentes térmicos, carpinterías, vidrios, etc., características de instalaciones térmicas y de agua caliente sanitaria, etc.).

Certificado energético:

– Edificio nuevo: mediante documento emitido por el técnico.

– Edificio terminado: mediante documento emitido por el técnico.

– Edificio existente: mediante documento emitido por el programa reconocido.

Oportunidades y beneficios

Teniendo en cuenta lo expuesto, la certificación energética puede ser una oportunidad de negocio, pero no basada en una burbuja energética, sino en una realidad técnica. Por tanto, hay que analizar si el certificado energético es una oportunidad de negocio y para quién.

1. Compradores. A partir de ahora pueden elegir su vivienda no solamente por su ubicación, calidades decorativas, coste económico, sino además por su consumo energético.

El coste energético de una vivienda media en España es de 990 €/ año (según datos del IDAE), y el ahorro por la mejora de una calificación energética de la letra E a la A puede ser de hasta el 60%.

Esto significa que la diferencia de una vivienda con buena calificación energética respecto a otra con mala calificación en un periodo medio de 10 años puede ser superior a 6.000 euros. Es decir, si yo realizo un buen estudio energético de mi vivienda donde el técnico verifique realmente su estado y me indique los aspectos que mejorar con su estudio técnicoeconómico, puedo recuperar hasta el 15% de la inversión realizada en mi vivienda en 20 años.

2. Promotores y propietarios. A partir de ahora pueden ofertar sus edificios con datos técnicos e imparciales, y de esta forma reforzar las calidades decorativas y el coste económico del edificio, pues el consumo energético del mismo puede ser un factor determinante en la toma de decisión de compra (por ejemplo, ya no nos sirve que el coche sea bonito, elegante, etcétera; si además gasta poco, mucho mejor para nuestras necesidades; es lo que buscábamos).

Sin embargo, ¿cuántas promociones o edificios se ofertan en el mercado destacando el ahorro energético de los mismos?

3. Constructoras e instaladores. Si hoy cumplimos los mínimos de calidad para eficiencia energética establecidos por el Código Técnico de la Edificación (CTE) y el Reglamento de Instalaciones Térmicas de los Edificios (RITE), nuestro edificio será clase D.

El 49% de las viviendas españolas han sido construidas entre 1979 y 2005 (proyecto SECH-SPAHOUSEC);según algunos estudios de la Universidad Politécnica de Madrid, la modificación de un edificio existente con calificación energética E a una de tipo B puede suponer una inversión del 5% del coste del edificio. Por tanto, ¿cuál es el valor de la obra de reforma que hay que realizar en España para cumplir los requerimientos europeos?

4. Técnicos certificadores. Según la definición del RD 235/2013, técnico competente es el “técnico que esté en posesión de cualquiera de las titulaciones académicas y profesionales habilitantes para la redacción de proyectos o direcciones de obras y dirección de ejecución de obras de edificación o para la realización de proyectos de sus instalaciones térmicas”.

Los conocimientos, la experiencia y la profesionalidad de los técnicos son valores muy importantes y, en muchos casos, decisivos para recoger la realidad física de un edificio en el certificado energético. Por tanto, ¿cuánto vale un certificado energético de un edificio existente? ¿30, 40, 50, 80, 120, 200 euros…? Depende del trabajo que cada uno realiza en las fases indicadas anteriormente y de la responsabilidad que durante 10 años tiene dicho certificado, sabiendo que los edificios existentes, y por tanto, sus certificados, son limitados.

Teniendo en cuenta lo desarrollado, resaltamos el concepto, establecido en la norma, de certificado de eficiencia energética: proceso por el que se verifica la conformidad de la calificación eficiencia energética con proyecto de ejecución, proyecto de ejecuciónedificio terminado, datos calculados o medidos del edificio existente y que conduce a la expedición del certificado de eficiencia energética de proyecto, edificio terminado o edificio existente.

Finalmente, hay que tener presente que España es el país europeo en el que más se legisla en materia de seguridad industrial, energía, protección del medio ambiente, etcétera, es decir, en los temas que afectan al desarrollo de la labor de nuestros profesionales de ejercicio libre. Pero, ¿qué valor tiene eso en la práctica si no contamos con una sociedad y unos legisladores concienciados con la seguridad, con el ahorro energético, con la protección del medio ambiente? Es triste escuchar, reiteradamente, manifestaciones de los políticos en estas materias, mientras que no se actúa adecuadamente por parte de las Administraciones competentes, ni se cuenta con nuestras instituciones colegiales para colaborar en la estricta aplicación de toda esta normativa, participando en planes de inspección, asesoramiento, etc. ¿Sería una actuación sensata y responsable para proteger al ciudadano? Estimamos que sí.

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