Reconocimiento de cualificaciones profesionales

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Los colegios y organizaciones profesionales podrían funcionar como centros de asistencia y acometer servicios de apoyo a la autoridad competente en la tramitación de los expedientes de reconocimiento de cualificaciones profesionales, lo que facilitaría la recapitulación de la documentación exigida y agilizará la movilidad europea de los profesionales. El Cogiti ha logrado que la propuesta legislativa de la Comisión Euro-pea para la modernización de la Directiva sobre reconocimiento de cualificaciones profesionales, recoja las propuestas planteadas por los ingenieros técnicos industriales españoles.

Las propuestas del Cogiti han sido recogidas en diferentes enmiendas, que deberán ser discutidas y votadas por la Comisión del Mercado Interior del Parlamento Europeo. Entre otras propuestas, el Cogiti ha apostado por la simplificación de los trámites administrativos en los procesos de reconocimiento de cualificaciones, para lo que ha defendido una agilización de los procesos y trámites requeridos por la directiva. Los colegios y organizaciones profesionales europeas podrían funcionar en un futuro como centros de asistencia y apoyo a la autoridad competente en la tramitación de los expedientes de reconocimiento de cualificaciones profesionales. De esta forma, se facilitaría la recapitulación de la documentación exigida a las personas cuando se solicite una tarjeta profesional europea y la creación de un expediente en el Sistema de Información del Mercado Interior (IMI).

Las enmiendas presentadas por el Cogiti refuerzan y mejoran las posturas de la Comisión Europea, y asientan el Sistema de Acreditación DPC, ya implantado en algunas asociaciones y organizaciones profesionales europeas, y que el Cogiti puso en marcha hace unos meses.

El Parlamento Europeo también ha recogido, entre las enmiendas a la directiva, la demanda del Cogiti de reforzar el acceso parcial al ejercicio de la profesión según las directrices de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia Europeo. Según el Cogiti, la denegación del acceso parcial debe estar debidamente motivada por la autoridad competente, previa consulta al Estado del país de origen del solicitante del reconocimiento de las cualificaciones profesionales.

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