Luces y sombras sobre las auditorías energéticas

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El sector empresarial de la eficiencia energética critica la escasa voluntad política demostrada en este ámbito por España con una transposición de la directiva europea tardía y embrollada

La eficiencia energética, un aspecto esencial de la estrategia europea para un crecimiento sostenible de aquí a 15 años, no acaba de encontrar su sitio en España. En pleno proceso de transposición al ordenamiento español de la directiva europea sobre eficiencia energética, de octubre de 2012, la más ambiciosa de la historia en esta materia -el Real Decreto (RD) se encuentra actualmente en Consejo de Estado pendiente de su aprobación definitiva, que al cierre de este número aún no se había producido- crecen las voces que critican que este traspaso se está haciendo de una manera lenta, embrollada e inconexa. Y no tanto porque se vaya tarde, que se va -el plazo para que todos los Estados miembros de la UE hubieran llevado a cabo la transposición completa de esta directiva finalizó el pasado 5 de junio de 2014, y España hasta la fecha solo ha realizado la transposición parcial de algunos de sus artículos-, sino porque el sector entiende que su desarrollo lleva camino de convertirse en una ocasión perdida.

De hecho, la Asociación de Empresas de Eficiencia Energética (A3e) no ha dudado en calificar de descafeinado este proyecto de Real Decreto, que transpone lo relativo a auditorías energéticas, acreditación de proveedores de servicios y auditores energéticos, promoción de la eficiencia energética y contabilización de consumos energéticos.

En concreto, el documento de 40 páginas redactado por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo y estructurado en seis capítulos y una serie de disposiciones recoge que las auditorías energéticas, entendidas como el procedimiento para conocer el perfil de consumo de energía existente de un edificio, instalación o servicio y determinar las posibilidades de ahorro de energía a un coste eficiente, serán de obligado cumplimiento para todas aquellas empresas que den empleo a más de 250 personas, cuyo volumen de negocios anual exceda de 50 millones de euros o cuyo balance general anual supere los 43 millones de euros.

El proyecto de RD establece que estas empresas deberán realizar una auditoría energética antes del 5 de diciembre de 2015 y, posteriormente, como mínimo, cada cuatro años a partir de la fecha de la auditoría energética anterior, que tendrá que estar inscrita en un registro administrativo.

Competitividad y dependencia

Además de proponer un sistema de inspección y un régimen sancionador en caso de incumplimiento, el Real Decreto deja la puerta abierta a que las compañías puedan sustituir parcialmente la auditoría si disponen de un certificado energético del edificio, una posibilidad que no ha gustado al sector. Tampoco ha sido bien recibido que el Ministerio no fije mecanismos de control sobre la calidad de las auditorías.

Para A3e, algunas de esta medidas no suponen sino remiendos para cumplir el expediente pasando por alto que lo que realmente está en juego es la posibilidad de que las empresas sean más competitivas y que el país reduzca su dependencia energética del exterior.

Esta asociación sostiene en un reciente estudio que estas carencias traerán consigo unas consecuencias negativas en términos de ahorro, empleo y facturación nada desdeñables. Así, estima que la transposición de la directiva supondrá que las grandes empresas dejen de ahorrar 1.000 millones de euros, que la Administración vea reducidos sus ingresos fiscales en 60 millones, que las empresas del sector se queden sin facturar 200 millones de euros y que los puestos de trabajo generados, solo asociados a labores de auditoría, sean 1.400 en lugar de 4.100.

Aunque tampoco faltan quienes tratan de disculpar estas lagunas arguyendo la elevada complejidad que presenta esta directiva europea, de difícil seguimiento incluso para quienes trabajan en el sector energético, la impresión más extendida entre los principales actores de esta industria es la escasa voluntad política mostrada por la Administración a la hora de apostar por la eficiencia energética. Así al menos entienden que lo demostraron los 28 países de la UE con el acuerdo unánime en materia de energía y cambio climático para 2030 alcanzado el pasado 23 de octubre. Es una decisión ampliamente saludada por todos, que fija un objetivo obligatorio de recorte del 40% en las emisiones de gases de efecto invernadero y una cuota de renovables del 27%, pero que se limitó a declarar como un objetivo indicativo del 27% en el caso de la eficiencia energética y deseable del 30%.

Rehabilitación eficiente

Esta condición de no vinculante del objetivo de eficiencia energética y, por tanto, sin riesgo de sanciones, suscitó entonces un encendida polémica que aún se mantiene al entender que con ello la Comisión Europea sigue sin poner coto a la elevada factura energética de los edificios, que representan el 40% del consumo de energía primaria, y cierra la puerta a la creación de miles de puestos de trabajo que, de ser una meta obligatoria, serían indispensables para mejorar la eficiencia de un parque inmobiliario europeo envejecido que necesita de medidas urgentes para su rehabilitación y renovación.

En este sentido, la Asociación de Empresas de Mantenimiento Integral y Servicios Energéticos (Ami) estima que solo en España existen 920.000 edificios dedicados a uso residencial cuyo estado de conservación es ruinoso, malo o deficiente. Además, estima que hay 5,4 millones de edificios que se construyeron sin ninguna normativa mínima de eficiencia energética y que más de 13,5 millones de viviendas tienen al menos 30 años de antigüedad.

Ni la entrada en vigor de la inspección técnica ni la certificación energética de los edificios han activado de forma sustancial la rehabilitación eficiente en nuestro país

Pese a ello, lo cierto es que ni la entrada en vigor de la inspección técnica ni la certificación energética de los edificios han activado de forma sustancial la rehabilitación eficiente en nuestro país. Para cambiar esta tendencia, esta asociación juzga más importante que nunca desarrollar la función ejemplarizante que la directiva europea sobre eficiencia energética otorga, en su artículo 5, a los edificios de los organismos públicos.

Esta norma, ya asumida por el derecho español, obliga a los Estados miembros a renovar al menos el 3% de la superficie total de los edificios que ocupen en propiedad -el porcentaje se calcula sobre los inmuebles públicos de más de 500 metros cuadrados, límite que bajará a 250 m2 a partir del próximo 9 de julio-, de manera que cumplan con los requisitos mínimos de rendimiento energético.

Para valorar el impacto económico y ambiental de esta norma, Ami ha llevado a cabo un estudio en el que analiza dos escenarios posibles del 20% y el 30% de reducción en el consumo energético de estos edificios de la Administración General del Estado (AGE), a partir de un parque de 1.763 edificios públicos, que representan una superficie total por rehabilitar de 11,2 millones de metros cuadrados y un consumo energético anual en su conjunto de 1.111 millones de Kwh.

Avances y ventajas

Con una inversión de más de 302 millones de euros, que sería asumida en su totalidad por las empresas de servicios energéticos (ESE), la rehabilitación energética de este inventario publicado de edificios de la AGE conllevaría, en el escenario más conservador del 20%, un ahorro anual de consumo de energía de 23,5 millones de euros, además de 110 millones de toneladas de dióxido de carbono menos emitidas a la atmósfera cada año.

Asimismo, este análisis fija en 707,4 millones de euros el aumento de la actividad económica española, en 18 los empleos por cada millón invertido (5.432 nuevos puestos de trabajo), en más de 187 millones de euros el aumento de la recaudación fiscal y en entre 5,09 y 7,63 millones el ahorro de importaciones de hidrocarburos. En cualquier caso, tampoco se puede negar que la eficiencia energética ha experimentado grandes avances en estos últimos años. Hoy, los nuevos edificios utilizan la mitad de la energía que en la década de 1980 y el consumo energético en la industria se ha reducido aproximadamente el 19% en lo que va de siglo.

Pero ahondar en este campo, una de las formas más rentables para reforzar la seguridad del abastecimiento energético y reducir las emisiones contaminantes, requiere un mayor compromiso de los Estados miembros, especialmente de España, que en 2012 votó en contra de esta Directiva Europea argumentando que su transposición requería excesivos esfuerzos adicionales dada la delicada situación económica. Dos años y medio después, el país sigue sin transponerla completamente, aunque le queda el consuelo de que no es el único ni, este caso, será el último en hacerlo.

Un ahorro impuesto

El Gobierno aprobó el pasado mes de julio el Fondo Nacional de Eficiencia Energética (FNEE) con el objetivo de cofinanciar inversiones en esta materia en la edificación, transporte, industria, servicios y sector agrícola, así como un Sistema Nacional de Obligaciones de Eficiencia Energética que contribuyera a alcanzar el considerable potencial de ahorro de energía no realizado hasta la fecha.

Este sistema, que da cumplimiento a lo previsto en el artículo 7 de la Directiva Europea relativa a eficiencia energética, obliga a las empresas comercializadoras de gas y electricidad y a los operadores de productos petrolíferos y de gases licuados de petróleo al por mayor a alcanzar en 2020 un ahorro de casi 16 millones de toneladas de petróleo equivalente (tep), mediante la consecución anual de un ahorro equivalente al 1,5% de sus ventas anuales de energía.

El Ministerio de Industria publicó el pasado 24 de febrero en el BOE estas obligaciones de 2015, cifradas en 262.000 tep o 3.046,51 GWh, con una equivalencia financiera de 0,789728 millones de euros por ktep ahorrado. De esta decisión, resulta una obligación de ahorro para las empresas de 206,9 millones de euros, a ingresar en el FNEE por terceras partes antes del 28 de febrero, el 30 de abril y el 30 de junio.

El sector, que ha calificado estas obligaciones de impuesto revolucionario, se queja del afán recaudatorio de esta medida que, por otro lado, es muy probable que acaben pagando los clientes finales porque las empresas lo trasladarán a los precios de sus productos.

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