La ingeniería técnica se prepara para el futuro con la » Declaración de Maspalomas»

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Reunidos en Maspalomas (Gran Canaria) entre los días 20 y 23 de septiembre de 2002, un grupo de directores de centros universitarios y de decanos de colegios profesionales, junto con el Consejo General de Colegios Oficiales de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales de España y el Consejo de Colegios de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas de España, manifiestan su acuerdo en la siguiente “Declaración de Maspalomas”, que consta de 10 puntos:

  1. La Declaración de Bolonia y siguientes, en cuanto se refiere al espacio europeo de educación superior, configura un nuevo marco para el desarrollo universitario, que supone un reto de innovación, convergencia, libre circulación, calidad y reconocimiento del suplemento del diploma, y otros, que debemos asumir y adecuar en nuestro país a la mayor brevedad posible, teniendo en cuenta las condiciones específicas y tradicionales de las ingenierías en España, fruto de las demandas de los distintos sectores empleadores de nuestros profesionales.

  2. La definición del perfil de las distintas ingenierías debe ser consecuencia del encuentro entre la Universidad, los Colegios Profesionales y las Asociaciones Empresariales correspondientes. Estos perfiles deberán adecuarse al entorno socio-económico y profesional, así como a la evolución tecnológica y científica.

  3. Se propone que el pregrado de ingeniería sea de 4 años, 240 créditos ECTS, en el que se deberá garantizar no sólo la adquisición de conocimientos, sino la adquisición de habilidades y capacitaciones; asimismo deberá incluirse formación de carácter profesional (proyecto fin de carrera, prácticas en empresas) y materias del mismo signo (habilidades directivas, gestión). En este pregrado se integrará la actual ingeniería técnica.

  4. Se debe garantizar la participación en las enseñanzas del pregrado de ingeniería, en aquellas áreas específicas de la misma, de ingenieros que estén o hayan estado vinculados a los sistemas productivos o de servicios.

  5. Es conveniente establecer cauces de comunicación y diálogo con el resto de ingenierías a efectos de proponer uno o varios modelos de integración de las ingenierías en el espacio europeo de educación superior, que se acomoden a las necesidades del país.

  6. En el supuesto caso de que como consecuencia del desarrollo del espacio europeo de educación superior, se implante la habilitación profesional, para obtener la misma, además de la habilitación académica, deberán valorarse la experiencia, la investigación y cuantos trabajos se hayan desarrollado tanto como ingeniero como en situaciones anteriores a tal circunstancia. Asimismo estos méritos deberán ser utilizados para evaluar el acceso al segundo nivel de formación universitaria, masters y/o doctorado; siendo reconocido en el suplemento de diploma.

  7. Los colegios profesionales deberán intervenir en los procesos de habilitación profesional; participando en su caso la Universidad a través de los convenios pertinentes.

  8. La superación del pregrado debe dar acceso directo al grupo superior de la Función Pública española y europea, así como al doctorado.

  9. Se considera necesaria la creación en los centros universitarios de ingenieros, de consejos asesores de cada titulación, formados por representantes de la escuela, los colegios profesionales correspondientes y las asociaciones profesionales. Su finalidad fundamental será el asesoramiento al centro en todas aquellas cuestiones relacionadas con el carácter profesional de las titulaciones de pregrado (perfiles, proyecto fin de carrera, prácticas en empresa, etc.) así como con las enseñanzas de postgrado y formación continuada.

  10. Se debe propiciar la creación de canales de transferencia de información específicos entre escuelas y colegios profesionales.

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