Nuevo reglamento para instalaciones frigoríficas

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El Consejo de Ministros ha aprobado el reglamento de seguridad para instalaciones frigoríficas y sus instrucciones técnicas complementarias, que afecta a las instalaciones fijas de almacenes frigoríficos, las fábricas de hielo y las plantas de congelación o enfriamiento de productos varios. El real decreto, publicado por el BOE el pasado 8 de febrero, establece las condiciones que deben cumplir las instalaciones frigoríficas para garantizar la seguridad de las personas y los bienes, así como la protección del medio ambiente. Su entrada en vigor será dentro de seis meses.

La reglamentación sustituye la norma actualmente vigente, el Real Decreto de 8 de septiembre de 1977, e incorpora al régimen de seguridad industrial los avances técnicos, adaptar la normativa a las competencias del Estado y las comunidades autónomas y se adapta a la normativa europea, tanto en contenidos técnicos, como de libre prestación de servicios.

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